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  • Consulta : 1309
  • Autor : soldiertj
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  • Autor
    Respuesta No: 1541

  • soldiertj
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    SORRY, PERO SI YA LA CONTRATASTE YA CAMINASTE, YA NO PUEDES HACERLE UN CONTRATO Y DUDO QUE TE LO FIRME;   SEGUNDO:  LOS CONTRATOS A PRUEBA NO EXISTEN, EN NINGUNA PARTE DE NUESTRA LEY, ES ERRONEO:  TERCERO; TIENES TREINTA DIAS PARA RESCINDIRLE EL CONTRATO A PARTIR DE QUE LA TRABAJADORA DE ALGUNA CAUSAL PARA EL DESPIDO (checa la Ley Laboral Art. 47) NO TE RECOMIENDO QUE HAGAS UN CONTRATO POR TIEMPO Y OBRA DETERMINADO, a menos que te asesores debidamente con un abogado para ello, ya que debes precisar las causas por las cuales dicho contrato lo haces por tiempo determinado, ASI QUE ASESORATE DEBIDAMENTE Y NO TE COMPLIQUE LA EXISTENCIA