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AutorRespuesta No: 1541
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2011 23:35 2011-05-23 23:35 desde IP: 189.223.129.1
SORRY, PERO SI YA LA CONTRATASTE YA CAMINASTE, YA NO PUEDES HACERLE UN CONTRATO Y DUDO QUE TE LO FIRME; SEGUNDO: LOS CONTRATOS A PRUEBA NO EXISTEN, EN NINGUNA PARTE DE NUESTRA LEY, ES ERRONEO: TERCERO; TIENES TREINTA DIAS PARA RESCINDIRLE EL CONTRATO A PARTIR DE QUE LA TRABAJADORA DE ALGUNA CAUSAL PARA EL DESPIDO (checa la Ley Laboral Art. 47) NO TE RECOMIENDO QUE HAGAS UN CONTRATO POR TIEMPO Y OBRA DETERMINADO, a menos que te asesores debidamente con un abogado para ello, ya que debes precisar las causas por las cuales dicho contrato lo haces por tiempo determinado, ASI QUE ASESORATE DEBIDAMENTE Y NO TE COMPLIQUE LA EXISTENCIA
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