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  • Consulta : 1296
  • Autor : edavilagarza
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    Respuesta No: 1434

  • edavilagarza
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Sandii:

    Para determinar la procedencia de una demanda individual o colectiva, es necesario definir si el conflicto que se pretende dirimir en el juicio afecta intereses profesionales del grupo o sindicato, en este caso es procedente una demanda colectiva, en caso contrario si la situación planteada solo tiene por objeto la decisión sobre el derecho de un trabajador o varios trabajadores de forma personal la demanda será individual.

    Esa es la diferencia entre un coflicto individual y uno colectivo.

    El tiempo para resolver la demanda varía atendiendo a la carga de trabajo de la Junta, pero si no hay arreglo conciliatorio generalmente se puede llevar de seis meses a un año la emisión del laudo.

    En relación a los honorarios cada abogado maneja los mismos atendiendo a su experiencia, generalmente en el caso que se asesore a un trabajador, el despacho de abogados asume los gastos del juicio y sus honorarios se cobrarán hasta que se obtenga el laudo y se cobre el dinero al que fue condenado el patrón.

    Saludos,