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  • Consulta : 1231
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 1379

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no siga asistiendo, pues entonces, el patrón, al contestar la demanda, negará el despidoaduciendo que sigue usted acudiendo a trabajar, acreditándolo con las listas de asistencia firmadas.

    La fecha del despido que se señale en el escrito de demanda, debe ser el primer día que usted no asista a trabajar.rate

    El abogado que contrate le dará puntual explicación.