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AutorRespuesta No: 1379
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Mayo de 2011 10:29 2011-05-01 10:29 desde IP: 189.208.200.29
No, no siga asistiendo, pues entonces, el patrón, al contestar la demanda, negará el despidoaduciendo que sigue usted acudiendo a trabajar, acreditándolo con las listas de asistencia firmadas.
La fecha del despido que se señale en el escrito de demanda, debe ser el primer día que usted no asista a trabajar.rate
El abogado que contrate le dará puntual explicación.
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