- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 123
- Autor : ABOGADOS SLM
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 0
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 108
-
Fecha de respuesta: Domingo 22 de Agosto de 2010 00:14 2010-08-22 00:14 desde IP: 189.228.83.4
Para empezar por ley no te pueden bajar el salario, ni el puesto que ocupabas, y la por ello te pedian la renuncia, no debiste por ninguna manera haber firmado ninguna renuncia o documento que contengan jornada laboral se pacta entre el trabajador y el patron sin que exceda los maximos legales, en circunstancias extraordinarias se puede prolongar el horario sin que este exceda de 3 horas extras diarias, ni de 3 veces por semana, y deberan ser pagar las horas extras.
preguta.- Que causal manejan para determinar que dejas de ocupar el puesto de jefe de servicio, (aqui firmaste de recibido dicho documento).
Quien firmo las tarjetas checadoras con las supuestas faltas, ¿tienes copia u alguna de las tarjetas checadoras? ¿las personas que dices son testigos trabajan para el DIF? ¿ el escrito de vacaciones que te extendieron aun tiene el puesto de jefe de servicios medicos? ¿y por ultimo a que se refieren con las consecuencias?
R1.- Por lo que comentas no se tipifica acoso u Hostigamiento laboral.
R2.- Puedes iniciar una demanda reclamando, la reinstalación y el respeto de las prestaciones a que tenias derecho, ó en su defecto en caso de que se negaren a reintalarte reclamar la indemnizacion constitucional.
R3.- Tienes derecho a que se te reinstale en el mismo puesto y funciones que venias desempeñando con la categoria y prestaciones que gozabas y con los incrementos que se generen al momento de tu reinstalación, y si no quieren reinstalarte solicitar la indemnizacion constitucional y el pago de de las prestaciones que derivan por la omision al mismo, es decir 20 dias por año, vacaciones y prima vacacional, aguinaldo ( estos ultimos en su parte proporcional) y los salarios caidos o vencidos, asi como las prestaciones de las que gozabas y que puedan ser reclamadas por esta via.
-
Autor