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AutorRespuesta No: 1344
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Abril de 2011 16:50 2011-04-22 16:50 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
De acuerdo con el artículo 76, de la Ley Federal del Trabajo, al cumplir dieciocho años de servicio le corresponden dieciséis días de vacaciones:
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
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