Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1198
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1333

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    El Tribunal Colegiado devuelve el expediente a la autoridad responsable, una vez que ha sido engrosada la sentencia, lo cualpuede demorar, aproximadamente de dos a tres semanas como máximo.

    Sin embargo, si la empresa quejosa interpuso el recurso de revisión en  contra de la sentencia que le negó el amparo, entonces esa resolución no ha causado ejecutoria, hasta en tanto, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o la Salaa quien se haya turnado el asunto, dicten la resolución correspondiente, ya sea desechando el recurso, o bien, confirmando o revocando la sentencia del Tribubal Colegiado.

    Lo más fácil es que nuevamente accese a la página de la Dirección General de Estadística y Planteación Judicial, relativa  al Tribunal Colegiado que resolvió el amparo, y verifique si se interpuso o no el recurso de revisión.