Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1194
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1329

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Por los datos que proporciona (... metió la demanda en conciliación...), puedo inferir que el abogado que contrató, no es especialista en derecho laboral y, por tanto, desconoce la autoridad que debe conocer el juicio que deba formarse con motivo de su demanda.

    Lo anterior, porque usted cita que trabajpó para un municipio, sin especificar, ni en cuál, ni en qué área o dependencia; sin embargo, el simple hecho de que haya trabajado para el Ayuntamiento, es suficiente para concluir, con meridiana claridad, que su demanda debió presentarse ante el Tribunal de Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Esstado, y no en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, toda vez que ésta, esincompetente para dirimir esa controversia.

    Es probable que ese sea el motivo de la aparente injustificada dilación para que se notifique y emplace ala dependencia, para que produzca su contestación a la misma, y pueda así señalarse fecha y hora para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos.

    Es probable también que,si está asistido de un abogado que no sea especialita en derecho laboral, la demanda haya sido indebidamente planteada, que sea incompleta o irregular, o que no se hayan ofrecido pruebas de su intención en la misma, lo que podría tener graves  repercusiones en su perjuicio, pues la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos, no permite, una vez presentadala demanda, corregirla, modificarla o ampliarla.

     

    Sin embargo, para salud de toda duda, pregunte a su abogado en qué Junta de Conciliación o Tribunal presentó la demanda, y que le muestre las copias simples de la misma, debidamente selladas de recibido por el tribunal que la recibió; así podrá darse cuenta qué autoridad fue señalada para que cono