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  • Consulta : 119
  • Autor : erick7474
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    Respuesta No: 96

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En tu caso se actualiza una relación laboral, aún y cuando se pretenda justificar otro tipo de relación; claro además que tienes derecho a las prestaciones que al efecto establece la Ley Federal del Trabajo para los trabajadores; aguinaldos, vacaciones, prima vacacional, pago de tiempo extra (de laborarse), etc; asimismo se actualiza tu derecho a las prestaciones de seguridad social; además aún y cuando tengas firmados contratos mensiales con una empresa inexistente; por lo que comentas si existe un patrón que satisface el pago de un salario aún y cuándo pretenda dársele otra denominación al pago, además existe un horario de labores, subordinación; por tanto como inicialmente comente si se actualiza en tu beneficio una relación laboral.