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    Respuesta No: 1282

  • aduron
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Un saludo de vuelta al Lic. Cadena, y ciertamente hice el cálculo con la zona de Coahuila donde litigo, el cálculo corregido lo acompaño a continuación:

     

    border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" width="927"> Captura de datos primarios   Gratificación Fecha actual 8-Apr-11   Días salario 90 Inicio labores 15-Feb-04   Subtotal  $22,293.90 Último día laborado 8-Apr-11     Salario diario $247.71   Gran suma     Prestaciones + gratificación $33,897.05 Prestaciones de ley         Aguinaldo 2011 (4.03 días)  $997.63         Prima antigüedad (7.15 años, 85.81 días de salario) $9,976.06         Vacaciones del último año laborado (2.03 días) $503.56         Prima vacacional $125.89           $11,603.15        

     

    La diferencia en los cálculos con el Lic. Cadena es mínima, solo que él agrega las vacaciones que vencieron en febrero de 2011 y su prima vacacional, cosa que desconozco si fue o no cubierta por el patrón.

     

    Los 20 días por año no son obligatorios pero hay gente que piensa que si, puede usted exigirlos a ver si tiene suerte de que se los paguen.