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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Abril de 2011 19:15 2011-04-09 19:15 desde IP: 189.183.52.247
Un saludo de vuelta al Lic. Cadena, y ciertamente hice el cálculo con la zona de Coahuila donde litigo, el cálculo corregido lo acompaño a continuación:
Captura de datos primarios Gratificación Fecha actual 8-Apr-11 Días salario 90 Inicio labores 15-Feb-04 Subtotal $22,293.90 Último día laborado 8-Apr-11 Salario diario $247.71 Gran suma Prestaciones + gratificación $33,897.05 Prestaciones de ley Aguinaldo 2011 (4.03 días) $997.63 Prima antigüedad (7.15 años, 85.81 días de salario) $9,976.06 Vacaciones del último año laborado (2.03 días) $503.56 Prima vacacional $125.89 $11,603.15 La diferencia en los cálculos con el Lic. Cadena es mínima, solo que él agrega las vacaciones que vencieron en febrero de 2011 y su prima vacacional, cosa que desconozco si fue o no cubierta por el patrón.
Los 20 días por año no son obligatorios pero hay gente que piensa que si, puede usted exigirlos a ver si tiene suerte de que se los paguen.
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