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- Autor : CARLOS REYNADA
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AutorRespuesta No: 1249
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 21:19 2011-04-07 21:19 desde IP: 187.198.139.194
EFECTIVAMENTE, SI EL DEMANDADO AL QUE LE ATRIBUISTE LA RELACION LABORAL, NIEGA DICHO VINCULO, CORRESPONDE AL DEMANDANTE ACREDITAR DICHA RELACION LABORAL.
PERO HAY DIVERSOS CRITERIOS DE LA CORTE QUE DETERMINA CUALES SON LOS MECANISMOS PARA ACREDITAR LA RELACION LABORAL EN TU CASO.
ES IMPORTANTE SABER QUE TIPO DE PATRON ES, ES DECIR UNA S.A. DE C.V. O UNA PERSONA FISICA, YA QUE LAS S.A. DE C.V. TIENEN DIVERSAS OBLIGACIONES LEGALES PARA CON SUS EMPLEADOS, OBLIGACIONES QUE SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 804 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
ENTRE LAS PRUEBAS QUE PUEDES OFRECER Y CONCATENAR EN JUICIO, SON LA TESTIMONIAL, LA INSPECCION SOBRE RECIBOS DE PAGO, CONTRATOS, RECIBOS DE PAGO DE VACACIONES, AGUINALDO ETC. ASI COMO SOBRE CONTROLES DE ASISTENCIA.
SI EL PATRON EN LA INSPECCION NO EXHIBE DICHOS DOCUMENTOS, TIENES A FAVOR LA PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DE LA RELACION LABORAL, ELLO CUANDO EL PATRON SEA UNA S.A. DE C.V., AUN TAMBIEN CUANDO SEA UNA PERSONA FISICA, PERO CAMBIAN UN POCO LAS CONDICIONES.
EN CUANTO LOS TESTIGOS, SU DECLARACION DEBE ESTAR BIEN PREPARADA, PORQUE SI NO DECLARAN LOS PUNTOS PRECISOS PARA ACREDITAR LA RELACION LABORAL, DE NADA TE VAN A SERVIR.
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