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  • Consulta : 1144
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 1230

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Dado que para poder tramitar el otorgamiento de la pensión por vejez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, usted debe dejar de trabajar, ello inplica que tendría que renunciar voluntariamente al empleo en la empresa que preeta sus servicios, por lo que no le corresponde ninguna liquidación, ya que ésta es procedente solamenteen los casos en que el patrón despide injustificadamente al trabajador.

    Lo que a usted le corresponde, es un finiquito, que comprende el pago de las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo que se le adeuden, proporcionales al tiempo que tenga laborado al momento de su separación del Trabajo.

    Ahora bien, considerando que solamente le faltan nueve mesespara cumplir quince años de antigüedad, yo le sugeriría que esperara ese tiempo, dado que, si cuenta con esos quince años de antigüedad, además de las prestaciones que le indiqué anteriormente, también tendrá derecho al pago de la prima de antigüedad, consistente en doce días de salario por cada año de servicios, la que le serápagada, no con el salario diario nominal que tiene, sino con el máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica en que se ubica la empresa.