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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 09:41 2011-03-24 09:41 desde IP: 187.136.40.178
Muchisimas gracias Lic Raul Cadena, mas claro ni el agua....excelente explicacion.
Entonces segun entendí, siempre seria despido injustificado pues como usted menciona; ninguna de las causas expuestas segun el art 36 y 37 aplicaria a la terminacion del contrato de trabajo, sin embargo el parrafo III de el art 37 menciona: En los demas casos previstos por esta ley... A que casos se refiere?
Por lo demás todo queda entendido,
Ahh solo una pregunta mas: ¿Todo este proceso tiene que ser a fuerza por medio de un abogado en derecho laboral? Uno mismo no puede defenderse o mas bien demandar?.... Claro no me voy a comparar con un especialista tampoco, pero por lo menos ya tengo conocimiento de los art en los cuales se fundamentaria la razon de mi demanda....
Que tenga excelente dia
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