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AutorRespuesta No: 1183
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 11:48 2011-03-23 11:48 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Usted debe conratar de inmediato a un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que, debidamente acredigada su personalidad como apoderado jurídico suyo, conteste la demanda y comparezca a la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas, ya que si no lo hace, la Junta de Conciliaci´pon le hará efectivos los apercibimientos con que fue notificado y emplazado, y lo tendrá por contestando la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas, lo que irremediablemente resultará en un laudo condenatorio, en que le deberá pagar todas las prestaciones que le reclamó.
Con independencia de ello, debo decirle quelos choferes de taxi, tengan o no firmado un contrato de arrendamiento del vehículo, son trabajadores, pues dicho contrato es nulo, habida cuenta que tal documento se firma para desconocer los derechos que les concede la Ley Federal del Trabajo; por ello, dicho ordenamiento legal regula las relaciones laborales de este tipo de trabajadores, concretamente, en sus artículos 256 a 264.
Además, también resulta en su perjuicio que el chofer, ni siquiera haya firmado ese contrato de arrendamiento, menos un contrato de trabajo, y dado que los artículos 24 y 25, del Código Obrero, establecen como una obligación para el patrón, que el contrato de trabajo se haga constar por escrito, la falta de dicho documento le es atribuible a él, además, de que de conformidad con los numerales 784 y 804, de la propia Ley Laboral, está obligado a conservar dicho documento y presentarlo en juicio.
Adicionalmente, la falta de esecontrato no afecta los derechos del chofer, pues el contrato y la prestación de su servicio, surten los mismos efectos, de forma tal que él podrá justificar plenamente esa prestación de servicios como chofer suyo, y consecuentemente, la existencia dela relación labora,, sin que usted cuente con ningún medio de defensa para ello.
Por tanto, lo más recomendable es que, como primera opción, en la etapa de conciliación, de la audiencia inicial del juicio, busque usted llegar a un arreglo amistoso, pagando al trabajador un porcentaje de las prestaciones que legalmente le correspopnde, como indemnización constitucional, prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, a fin de que se de por concluido el juicio con ese pago, ya que si no alcanza ese acuerdo, entonces el laudo lo condenará a pagar una considerable cantidad de dinero, sobre todo, por elmonto que pudieren alcanzar los salarios caídos.
La otra opción, es que usted le ofrezcala reinstalación en el puesto de chofer, negando haberlo despedido; sin embargo, también deberá aceptar las condiciones laborales que él haya señalado en su demanda, sobre todo, considerando que segunramente no tendrá usted comprobantes de pago de sueldos, aviso de inscripción del chofer ante el Seguro Social, controles de asistencia al trabajo, etcétera.
Todo ello, le reitero, deberá ser analizado conjuntamente con usted por el abogado que contrate, a fin de que encuentre la mejor opción para finiquitar el juicio, en la forma en que sea menos oneroso para usted.
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