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  • Consulta : 1077
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si su familiar renuncia voluntariamente, sólo tendrá derecho al pago de vacaciones, prima vacacionl y aguinaldo proporcionales.

    En el caso de las vacaciones y prima vacacionl, deberá recibir el pago de las generadas al cumplir su último año de servicios, más la parte proporcional que correspondapor los días trabajados después del último año de servicios, a la fecha en que fue despedida.

    El aguinaldo, tiene derecho a quince días por el 2010 (si no se lo pagaron), más la parte proporcional por los días trabajados en el 2011, a razón de 1.25 días de aguinaldo por cada mes laborado.

    Coincido con el Licenciado Leopoldo, en el sentido que su familiar, si fue despedido, no firime ninguna renuncia, ni recibo finiquito, ni liquidación, ni ninguno otro del cual pueda desprenderse queno fue despedida, sino que ella dio por terminada voluntariamente la relación de trabajo.