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  • Consulta : 1077
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 1177

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Aunque no es posible cuantificar el monto de la liquidación a que tiene derecho su amiga, si puedo decirle que, si fue despedida injustificadamente, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, consistente en tres meses de salario; prima de antigüedad, consistente en doce dias de salario por cada año de servicios prestados, la que se pagacon un salario máximo equivalente a dos vecesel salario mínimo del área geográrica en que se ubica el centro de trabajo; vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios prestados, más la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por el tiempo laborado de la fecha que cumplió elúltimo año de servicios, al día que fue despedida; aguinaldo correspondiente al año 2010, más la parte proporcional de aguinaldo por el año 2011, y los salarios caídos, desde la fecha en que la despidieron hasta el día en que elparón de cumplimiento al laudo que la condene a pagarlos.

    Para la determinación de su salario, deberá considerar el total de lo que le pagaron durante el último año de servicios, y dividirlo entre el número de días trabajado, el resultado será su salario promedio diario que, salvo la prima de antigüedad, será la base para el pago de las demás prestaciones.

    Necesita hacerse asistir de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales correspondientes, ya que la demanda debe presentarla antes de que transcurran dos meses de la fecha en que la despidieron.