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  • Consulta : 5009
  • Autor : cramosoyd
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  • Autor
    Respuesta No: 6121

  • cramosoyd
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo primero que debe hacer es tramitar el juicio de alimentos, AUNQUE USTED OPINE QUE NO ES OPCIÓN, dado que al establecer un monto de pensión inicia de manera legal la obligación y puede ser sancionado penalmente si no la cumple y le abre la puerta a tramitar la perdida de la patria potestad en perjuicio de el y solo entonces poder cambiarle los apellidos, respecto a las amenazas y precisamente porque tiene problemas de adicción, debe denunciarlas de inmediato sin demora, LO QUE USTED NO HAGA POR USTED ,nadie lo hará.