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AutorRespuesta No: 6118
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Abril de 2017 10:51 2017-04-05 10:51 desde IP: 189.216.141.63
Le respondo usted y su primo son herederos sustitutos, solo en caso de fallecimiento de alguno de sus progenitores podrán ustedes ser declarados herederos testamentarios de su abuelo. Por otra parte nada impide a su señor padre que el inmueble se venda y el producto de la venta se reparta en partes iguales entre él y su tío. Para ello su padre debe tramitar el juicio testamentario y en su momento solicitar la autorización judicial de venta.
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