- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 30
- Autor : M.magda.c.s.
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 59
- Vox Populi: Política: Derecho: 0 Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 20 %
- : 80 %
-
AutorRespuesta No: 3
-
Fecha de respuesta: Jueves 29 de Julio de 2010 18:07 2010-07-29 18:07 desde IP: 189.195.53.12
Puede solicitar en vía incidental las pensiones caídas y la ejecución del convenio, solicitando el embargo correspondiente que cubra dichas pensiones, asegurese previamente de informarse en el rpp si el deudor alimentista posee algun bien inmueble ó en su defecto señalar bienes muebles; en cuanto a aala demanda penal por incumplimiento de pago de alimentos, habría que ver bajo que t{erminos otrog{o el perdón, pero es factible.
Lic. Magdalena Cabrera S.
-
Autor