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  • Consulta : 279
  • Autor : LIC. RODRIGO
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  • Autor
    Respuesta No: 396

  • LIC. RODRIGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la pension alimenticia es al libre criterio del juez puede ir desde un 10 hasta un 30% de los ingresos ordinarios y extraordinarios que percibe el deudor alimentario.

    en cuanto a las notificaciones, si sabes donde trabaja el señor, no te desgastes en notificarlo en su casa.

     

    sigo a tus ordenes

     

    04455-39270798