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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Julio de 2010 20:26 2010-07-30 20:26 desde IP: 189.143.239.21
Cuando te demando alimentos tu esposa, ¿no contestataste la demanda?, pues debemos conocer los terminos en que se demandó, los términos en que se contestó y también los términos en los que el Juzgador tomó nota para emitir su sentencia, asi mismo, por qué razón se fué el asunto a la sala, te falta esa información para poder darte un recomendación mas acertada, claro esto desde mi muy particular punto de vista y con todo respeto a los anteriores foristas, Maetro Garovalo y Lic. Rosa Isela, un muy afectuoso saludo, felíz reiinicio de labores.
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