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AutorRespuesta No: 304
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Septiembre de 2010 11:16 2010-09-10 11:16 desde IP: 187.131.120.136
Estimado consultante:
En materia de alimentos no hay cosa juzgada. Siempre estará en aptitud de promoverse los cambios que sean necesarios respecto de las medidas adoptadas cautelar o definitivamente por un Juez Civil o Familiar.
Pero es preciso que consulte con un Abogado. Ante una situación como la que Usted expresa, es obvio que la pensión fijada excede sus posibilidades al punto de poner en peligro su subsistencia.
Saludos cordiales.
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