Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 234
  • Autor : Velázquez Civil
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 0
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 304

  • Velázquez Civil
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    En materia de alimentos no hay cosa juzgada. Siempre estará en aptitud de promoverse los cambios que sean necesarios respecto de las medidas adoptadas cautelar o definitivamente por un Juez Civil o Familiar.

    Pero es preciso que consulte con un Abogado. Ante una situación como la que Usted expresa, es obvio que la pensión fijada excede sus posibilidades al punto de poner en peligro su subsistencia. 

    Saludos cordiales.