- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 193
- Autor : ABOMAU68
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 2423
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 248
-
Fecha de respuesta: Jueves 02 de Septiembre de 2010 15:32 2010-09-02 15:32 desde IP: 189.217.67.35
rocarlos
Por Ley corresponde al Albacea encargarse de la administracion y conservacion de los inmuebles. Administracion que implica el pago del impuesto predial, suministro de agua, honorarios de abogados etc., la persona que ocupa el inmueble y no siendo coheredero puede ser sujeto a que el Albacea le solicite via judicial la entrega y desocupacion del inmueble o bien le demande la firma de un contrato de arrendamiento. Usted mientras tanto pague su consumo de luz y de agua y telefono. Hable con el Albacea y lleguen algun acuerdo.
Saludos
-
Autor