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  • Consulta : 190
  • Autor : GRAMMPS ABOGADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 251

  • GRAMMPS ABOGADOS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches, habría que esperar el dictamen de la CONAMED al respecto de la negligencia médica y si considera que existió.

    Usted puede demandar vía civil los daños y perjuicios ocasionados por la negligencia médica (Con independencia de la queja ante la CONAMED, ya que son cosas distintas), e incluso el daño moral. Este tipo de juicios suelen ser algo complejos en cuanto acreditar la acción puesto que se someten a exámenes periciales (en este caso médicos) para poder determinar si hubo o no negligencia; sin embargo es totalmente viable su acción, solo le comento que existe un término de prescripción de dos años a partir del acontecimiento de los hechos para poder interponer la demanda.

    Quedo a sus ordenes.