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AutorRespuesta No: 229
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Fecha de respuesta: Martes 31 de Agosto de 2010 16:08 2010-08-31 16:08 desde IP: 189.137.209.108
PUES PRIMERAMENTE COMO TE VA ADEMNADAR LOS ALIMENTOS DEBO DE HACERLO ANTE UNA AUTORIDAD JUDICIAL( JUEZ DE LO FAMILIAR)
AHORA LO QUE DEBE DE HACER ES ESPERAR LA NOTOFICACION POR PARTE DEL TRIBUNAL DE LO FAMILIAR Y DESPUES BUSCAR UN ABOGADO PARA QUE DE CONTESTACION A LA MISMA OPONIENDO SUS DEFENSAS Y EXCEPCIONES.
PERO OJO
PERO ANTES DE ELLA DEMANDARTE LA PENSION DEBERA DE DEMANDARTE EL RECONOCIMEINTO DE PARTENIDAD,Y AHI SE DEBE DE OFRECER COMO PRUEBA LA PERICIAL EN GENETICA (ADN)
SALUDOS DESDE CELAYA
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