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  • Consulta : 155
  • Autor : MISTERIOSO
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  • Autor
    Respuesta No: 201

  • MISTERIOSO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    LA SOCIEDDAD CONYUGAL COMPRENDEN TODOS LOS BIENES QUE ADQUIERIERON LOS CONYUGES DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO,LO QUE QUIERE DECIR QUE TODO LO ANTERIOR QUE HAYAN ADQUIRIDO LOS CONYUGES NO ENTRA EN DICHA  SOCIEDAD.

    AHORA LAS DONACIONES Y HERENCIAS NO ENTRAN EN LA SOCIEDAD CONYUGAL

    SALUDOS