- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 141
- Autor : ulloa88
- Consultas en Foro: 75
- Respuestas en Foro: 3212
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 42 %
- : 57 %
-
AutorRespuesta No: 193
-
Fecha de respuesta: Martes 24 de Agosto de 2010 13:23 2010-08-24 13:23 desde IP: 189.200.114.215
Esque todo lo que usted señala lo contempla la ley y se llama codigo civil. El supuesto padre del menor si èl lo reconoció tiene la obligacion de dar alimentos... y si se cambia de estado, bastará ubicar donde esta laborando para que en la via insidental se le pida al Juez gire oficio y se proceda a descontar el porcentaje del salario que detenta.
Además, algunas legislaciones estatales contempla como delito el constituirse en estado de insolvencia, es decir que renuncie al trabajo o haga lo que él esta haciendo renuncie y cambie de trabajo para evitar cumplir con su obligación. (VIA PENAL)
Para salir del pais requiere forzosamente de la firma de cuyos padres ostenten la patria potestad. Quiere evitar ello? demande la perdida de la patria potestad por la negativa a dar alimentos...una vez que la tenga inscriba dicha anotacion en el acta del menor y listo. El padre continua con la obligacion de dar alimentos solo que ya no inferirá en el destino del menor solo la madre.
AAhhh ok entonces el señor SI ESTA CUMPLIENDO con su obligación ..... solo que a usted no le alcanza. Si es la cantidad que el Juez lo condeno puede usted solicitar una ampliación al porcentaje si acredita que tiene mas gastos. Pero deberá probar dicha posibilidad de èl para darlos y del menor para recibirlos pues si fuere por el lado del prescolar el podra argumentar que NO TIENE dinero ya que ha formado otra familia y que usted validamente puede acudir a instituciones PUBLICAS para que asista a al escuela.
El delito es abandono de las obligaciones de asistencia familiar aunque cambia el nombre segun el estado del que nos escriba. Por ultimo ..no heche la culpa al Estado de la irresponsabilidad del marido y su falta de tino de escoger al hombre adecuado para tener sus hijos. No necesita ni pagar mas impuestos para hacer cumplir la ley ni tampoco que quienes los pagamos debamos subsidiar a quienes no supìeron escoger a una pareja y escogieron a un verdadero irresponsable. Nisculpe que le hable en ese tono pero es el que usted de manera sarcastica ha referido al señalar si necesita pagar mas impuestos... lo que necesita es contratar un abogado,. Saludos
-
Autor