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  • Consulta : 96
  • Autor : jerrycruzmorales
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  • Autor
    Respuesta No: 184

  • jerrycruzmorales
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La resolución mediante la cual le están realizando el ajuste de energía, se tiene que impugnar vía juicio de nulidad, dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, (por lo regular no levantan el acta de notificación correspondiente); para evitar que le corten la energía, se tiene que solicitar la medida cautelar.  Por otra parte, tiene que acudir al Órgano Interno de Control en la Comisión Federal de Oaxaca, para realizar la queja correspondiente, en contra de quien resulte responsable, por haber realizado la instalación del medidor energía de manera deficiente, lo cual le está causando problemas.

    Espero le sea util esta orientación,