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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2016 17:08 2016-08-15 17:08 desde IP: 189.128.229.93
Por lo que tengo entendido presentas EN LA DECLARACIÓN ANUAL tu ingreso por adquisición de bienes (señalas el monto y el programa hace el cálculo) pero solo lo pagas hasta tener la completa adquisición porque si estas a mitad del juicio toda vía no es tuyo.
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