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AutorRespuesta No: 1319
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Marzo de 2013 02:15 2013-03-11 02:15 desde IP: 201.141.66.26
No le perjudica en nada ya que sí hay suplecia de queja en materia administrativa y tengo varias sentencias ante el Tribunal de lo Contencioso Aministrativo tanto del D.F., como del Estado de México, en donde se ha apliacado la suplecia de la queja en aplicación de la norma incluso derogada y fundada indebidamente.
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