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AutorRespuesta No: 1398
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Septiembre de 2013 20:38 2013-09-13 20:38 desde IP: 189.128.202.252
Es un poco complicado pero existe una posibilidad, en la legislación del estado de Puebla existe una figura de fraude que se actualiza cunado una persona adquiere una deuda por un título de crédito como sus pagares a sabiendas de que es insolvente y que no podrá cubrirlos, en esta figura no se sanciona el hecho de no cubrir la deuda adquirida sino al hecho del “engaño” cometido en contra del beneficiario del pagare quien a causa del mismo engaño no podrá cobrar el importe del pagare, le recomiendo que busque asesoría con un abogado de Jalisco para obtener una asesoría adecuada.
Saludos
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