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  • Consulta : 863
  • Autor : SandraCliment
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  • Autor
    Respuesta No: 1252

  • SandraCliment
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Revisa en la página web de Relaciones Exteriores, en el apartado Pasaportes, Documentación complementaria para actas extemporaneras. Ahí viene un listado de documentos, ojo... no tienes que llevarlos todos, con uno que tengas es suficiente. Ahí dice, copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre. Así que utiliza la tuya, en lugar de la de tu marido. También puedes optar por el certificado médico de nacimiento; es decir, que el médico que te atendio en el alumbramiento, te expida un certificado y listo.

     

    Saludos.