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  • Consulta : 847
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 1234

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes TODAS LAS SENTENCIAS Y MÁS CUANDO SON DEFINITIVAS SE DEBEN DE NOTIFICAR DE FORMA PERSONAL, en atento respeto a los artículos 14 y 16 Constitucionales, además de que en la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso para el D.F. no viene nada en contrario.

    espero haberlo ayudado, sigo a sus órdenes.

    saludos.