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AutorRespuesta No: 1234
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Noviembre de 2012 12:25 2012-11-28 12:25 desde IP: 38.124.174.70
Buenas tardes TODAS LAS SENTENCIAS Y MÁS CUANDO SON DEFINITIVAS SE DEBEN DE NOTIFICAR DE FORMA PERSONAL, en atento respeto a los artículos 14 y 16 Constitucionales, además de que en la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso para el D.F. no viene nada en contrario.
espero haberlo ayudado, sigo a sus órdenes.
saludos.
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