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Fecha de respuesta: Domingo 11 de Agosto de 2013 02:06 2013-08-11 02:06 desde IP: 187.134.240.34
Saludos el camino a seguir es el juicio de nulida, en atención al principio de definitividad y si aun no dictan sentencia en el proceso penal, puede ser revertida la suspencion temporal, de lo contrario y de existir sentencia condenatoria lo separan y no le pagan nada.
Estamos a tus ordenes exMPF, mi correo es: "sisoco">sisoco, yo te proporciono copia de la demanda de nulidad y del amparo correspondiente
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