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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Noviembre de 2012 02:23 2012-11-08 02:23 desde IP: 189.175.103.251
Doña Lolita, no pregunta. Ella nada más quita, automaticamente. Incluso hay una nueva figura que se llama inmovilización, en la que basicamente te congelan todo lo que tienen a su alcance, y despues te inicia el PAE Procedimiento Administrativo de Ejecución, donde "te cobran".
Entonces, si te mueres; el Fisco ya se cobro con todo lo que pudo desde el principio. No son hereditarias, las deudas son personales. La obligación de pagar impuestos y todo ese rollo, es personal e intransferible; no importa que le pague a un contador para que la haga, si el la hace mal el problema es suyo.
Ahora, "pretensiónes transmisibles"... son aquellas... digamos como ejemplo: Esta en una Nulidad porque solicito devoluciones, por saldos a favor en las declaraciones de impuestos. Solicitud de acreditaciones. Pensiones y esas cuestiones.
Entonces, pretensiones intransmitibles, pues son esas como las deudas e infracciones que son personales.
Use el IUS, la Corte lo tiene gratis en su página.
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