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  • Consulta : 787
  • Autor : SandraCliment
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    Respuesta No: 1092

  • SandraCliment
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Que lio... los hechos narrados estan demasiado revueltos para poder entender bien lo que pregunta. 

    Yo entendi:

    - Se trata de Ex-Servidores Públicos.

    - El OIC les fijo una multa.

    - La impugnan.  

    - Les otorgan la suspención (imagino que garantizaron)

     

    El termino crédito fiscal, esta mal usado en este planteamiento. No se trata de un crédito, sino de una multa (insisto, sigo pensando que se trata de ex servidores públicos, responsables de omisiones en sus obligaciones, según el OIC).

    Lo de la Acumulación, revise si es procedente en el apartado de Incidentes de la LFPCA. 

    No entiendo como sabe que la PFF, envió por correo a un domicilio que supuestamente ya no es el de uno de los Actores desde hace cinco años. Si ya no vive ahí, como es que lo sabe?

    El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ya tiene en línea sus Jurisprudencias y Tesis Aisladas, dese una vuelta por allá y seguro encontrara algo que le sirva.

    Saludos.