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Fecha de respuesta: Martes 04 de Septiembre de 2012 13:22 2012-09-04 13:22 desde IP: 201.141.60.157
Para que proceda el ajuste de facturación y multa, se debió iniciar un porcedimiento de visita y debe existir un acta levantada, pero además le debieron entregar un aviso previo para que tuviera conocimiento que se haría la revisión del medidor y tuviera la oportunidad de ofrecer testigos. Una vez levantada el acta de visita en la que se debió señalar la alteración, contaba con tres días para contravenir lo dicho y ofrecer pruebas, posteriormente le notifican la resolución. Es decir que la CFE debe fundar y motivar la causa de la multa y no solamente cobrarla. Cuanta con 45 días habiles a partir de que tuvo conocimiento de la multa para impugnarla ante el Tribunal Federal de Justitica Fiscal y Administrativa, requiere los servicios de abogado especialista en la materia, o acuda a la Procuraduría de Defensa del Contribuyente.
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