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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Septiembre de 2012 23:48 2012-09-13 23:48 desde IP: 189.175.92.15
Hola, regrese a tu post para saber como te había ido. Has tomado una decisión muy sabia, ahora que ya estas informado.
Regrese, porque me paso algo curioso. Un cliente tiene unos problemas con Tarjetas de Credito que no solicito, y acudio a CONDUSEF, quienes no le resolvieron absolutamente nada. Es difícil obtener resultados, cuando no se da nada a cambio.
Por lo que se refiere a la aplicación de la Ley, las leyes son públicas y obligatorias para todos. Algunas veces, debemos de ponernos en el supuesto que prevén para que nos sea aplicable, pero en el caso de la de Energía Electrica, pues es obvio que todos la usamos; por lo que a todo aquel que le llegue un recibo de luz a su nombre, le aplica. Dices que no firmaste un contrato, entonces tu no eres el obligado. La Ley que aplica, no señala obligaciones para ti más allá de los que conoces, respecto a las instalaciones que miden la luz y bla bla bla. Lo que si señala, es las maneras en las que se aplicaran las multas que prevén para las personas que cometan esos actos, y si los procedimientos no estan conforme a lo que marcan las leyes, especificamente debidamente fundados y motivados, pues ya la llevas muy muy muy de gane. A mi me ha tocado ver algunas multas de CFE y son realmente bastante impugnables, sin embargo como te comente, es difícil pelear algo cuando no tienes luz.
Saludos.
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