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  • Consulta : 742
  • Autor : Cornelius
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  • Autor
    Respuesta No: 968

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Ya se te había dado contestación a esta Consulta, por lo que cordialmente te exhorto a no repetir tus preguntas, pues existen otra personas a quienes requieren también atención.

    Te había indicado que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a través del SAT (Sistema de Administración Tributaria), no cobra ningún concepto para que puedas inscribirte en el Registro Federal de Causantes, y te autoricen a emitir comprobantes fiscales por las donaciones que recibas; asimismo, te había indicado que invariablemente tienes que señalar un domicilio que será donde Hacienda te notificara cualquier acto administrativo referente a tus obligaciones fiscales; Para acreditar a Hacienda que han dispuesto bien del dinero será a través de los contratos y comprobantes fiscales que deben de pedir a sus proveedores, prestadores de servicio, arrendadores, etcétera; Una vez que cuenten con la consticuón de su A.C. ante Notario y haber designado a su representante legal, deberán de acudir a cada Dependencia Gubernamental para verificar los requisitos para obtener dichas concesiones o subsidios; El representante legal puede incurrir en responsabilidad si no tiene forma de acreditar debidamente el uso o destino del dinero la Asociación Civil.