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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Agosto de 2012 11:27 2012-08-02 11:27 desde IP: 187.152.225.136
Amigo este es un Foro para asuntos de carácter meramente Administrativo, por lo que te sugiero plantees tu consulta al Foro de Asuntos Civiles, pues no tengo la menor duda que un cólega podra ayudarte plenamente. Pues lo que debes iniciar es en Juicio Ordinario Civil de Reconocimiento de Paternidad que debe instaurarse en un Juzgado Familiar, que si bien es cierto que tu mujer no desea realizar demanda alguna, es un Juez quien puede mandar ordenar a una autoridad del registro civil modificar una acta. Suerte.
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