- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 708
- Autor : SERGIO GONZALEZ
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 66
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 896
-
Fecha de respuesta: Martes 24 de Julio de 2012 12:55 2012-07-24 12:55 desde IP: 201.170.90.251
Amoangeles. No. Las propiedades o bienes inmuebles deben de acuerdo a la ley estar registradas ante el registro Publico de la Propiedad y del Comercio. Y la manera como la obttuvieron tus padres es por medio de lo que tu dices ( Contrato, Pagares, recibos de luz a,gua, predial, etc). Pero para el Registro Publico de la Propiedad y del C. estos recibos no es lo importante. El Registro Publico quiere que el propietario presente LAS ESCRITURAS DEL INMUEBLE. Y para llegar a eso hay dos caminos. Que Te presentes ante un Notario y presentes una serie de requisitos como que el antiguo sueño te traspaso o vendio su legitima propiedad. Y lo firme m ratifique ante notario.
En tu caso los recibos que tu tienes son prueba que tus padres estuvieron pagando su propiedadm luz , agua etc. pero que son los legitimos propietarios No esta probado , tienen que terminar lo que les pide el Notario para que el Notario la eleve a escritura Publica. y entonces llevarla ante el Registrador Publico.
Si tus padres mueren y dejan inconcluso este tramite ante el RPPYC, entonces tu propiedad no tiene escrituras. Y tu si eres la heredera lo que estas heredando seria la documentacion que prueba que tus padres la compraron y la estuvieron pagando. Pero que ellos eran los legitimos propietarios ante el RPPYC no esta probado.
Y para llegar a eso tendrias dos tareas para llegara eso 1.- llevar un juicio Sucesorio para recibir la herencia de tus padres ( Los documentos de la Propiedad ) legalmente y con ello despues .
2-- Tienes que demandar un Juicio de Prescripcion ante el Juzgado Civil para probar con tus documentos ( Contratos , pagares etc y pruebas testimoniales, etc ) que tu y tu familia han estado en posesion legitima y de buena fe( 5 años) la propiedad que dices y al final el Juez de lo Civil mandara inscribirla al RPPY del Comercio la Sentencia donde se te reconoce la legitima propiedad.
Espero te haya ayudado.
-
Autor