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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Julio de 2012 23:21 2012-07-20 23:21 desde IP: 189.245.75.189
En este foro se tratan asuntos de carácter administrativo y no laboral, no obstante ello, cabe señalar que si el empleado cuenta con recibos de pago de salarios, carta recomendación, hojas de alta en el IMSS y demás documentos que acrediten o demuestre que ha trabajado para todos (la sociedad anónima, el fallecido, el nuevo empleador, etcétera) puede demandar a todos y la Autoridad Laboral puede considerarlos a todos como patrones sustitutos o hasta solidarios, máxime si no hay contratos individuales de trabajo, cartas finiquito o agún documento donde se haya dado termino a la relación laboral.
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