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AutorRespuesta No: 856
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Junio de 2012 14:43 2012-06-18 14:43 desde IP: 189.137.53.187
A que realices ninguna acción o construcción que impida, obstaculice o entorpezca el uso adecuado del bien que se pretende arrendar. Finamente le sugiero que al ser un asunto referente a un arrendamiento, su consulta debe canalizar al foro o sala CIVIL.
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