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AutorRespuesta No: 847
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Junio de 2012 11:45 2012-06-06 11:45 desde IP: 200.57.89.105
Agradezco su respuesta Lic Cornelio, y aprovechando, antes de mover la consulta, usted podría decirme cómo fundamentar esa solicitud a un juez? Es decir, que artículo de la ley dice que bajo las condiciones que mensioné, es posible realizar esa anulidad total.
Muchas gracias de antemano.
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