- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 613
- Autor : lawman1
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 28
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 811
-
Fecha de respuesta: Jueves 10 de Mayo de 2012 20:07 2012-05-10 20:07 desde IP: 189.138.195.100
El término fuerza bruta no existe en el codigo de comercio, perdon me dio un poco de gracia. Le recomiendo que acuda a la conducef
que citen al representante del banco y lleguen a un convenio real de pagos, o acuda directamente a la institucion de crédito
para realizar dicho convenio y estoy seguro que llegaran a un acuerdo. Saludos.
-
Autor