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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Septiembre de 2010 12:42 2010-09-02 12:42 desde IP: 201.116.60.5
En breves palabras lo que quieres es anular las notificaciones, sin embargo te recuerdo que el Codigo Federal de Procedimientos Civiles establece que al manifestar el conocimiento de los actos ilegalmente notificados se perfecciona dicho acto, por lo tanto la notificacion no seria anulable
"ARTICULO 320.- No obstante lo dispuesto en el título anterior, si la persona mal notificada o no notificada se manifestare, ante el tribunal, sabedora de la providencia, antes de promover el incidente de nulidad, la notificación mal hecha u omitida surtirá sus efectos, como si estuviese hecha con arreglo a la ley. En este caso, el incidente de nulidad que se promueva será desechado de plano."
saludos
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