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  • Consulta : 586
  • Autor : Fiscal Aduanero
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  • Autor
    Respuesta No: 763

  • Fiscal Aduanero
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

     

    ANGIE, definitivamente necesitan impugnar la resolución de Auditoria, atacando desde la orden, todos los actos que se llevaron a cabo al amparo de ésta, hasta la resolución definitiva donde se determinan impuestos, multas, actualización y recargos.

    Recomiendo que los bienes los pasen a propiedad de terceras personas, mas no delos socios, pues al fincar una responsabilidad solidaria igualmente los podrian embargar. Este procedimiento se da cuando finalmente el SAT se encuentra imposibilitado para cobrarle a la persona moral, pero tendrían que suceder muchas cosas para que ello aconteciera.

     A la vez recomiendo no dilapidar todos sus bienes.

    A la otra empresa de la cual es socia también no tiene riesgo alguno.

    El problema que uds tienen es precisamente nuestra especialidad. Atendemos asuntos de cualquier parte de la República. Tenemos ya clientes en la península.

    Saludos a esa bella tierra.