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  • Consulta : 574
  • Autor : Lic. Balderas
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  • Autor
    Respuesta No: 756

  • Lic. Balderas
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches, una disculpa, pero a mi consideración su explicación es un tanto ambigüa, sin ambargo cabe hacer algunas precisiones, esperando que las mismas sean de su ayuda:

    Efectivamente como señala C y C Abogados, la mejor forma de impugnar tanto el credito fiscal como los efectos de este(actos dentro del PAE), lo es el Juicio Contencioso Administrativo Federal ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no obstante lo anterior, probablemente su demanda sea improcedente en esta via, esto ya que usted no indica la razon por la cual fue desfavorable su Recurso de Revocación, si se desechó, o se desechó por Improcedente, o bien si simplemente fue declarado infundado por no haber logrado acreditar la veracidad de u dicho.

    Ahora bien, tampoco manifiesta ud. el porque le consta que el SAT le detuvo el vehiculo, y tampoco la procedencia de este, sin embargo suponiendo que si fuera el SAT y que su Recurso hubiera sido correctamente interpuesto y resuelto, a opinión del suscrito y a grosso modo esta es la mejor opción con que cuenta usted para defenderse. Saludos.