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  • Consulta : 548
  • Autor : Lic. Montoya
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  • Autor
    Respuesta No: 728

  • Lic. Montoya
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

     Buen día.

     Dicha determinación puedes combatirla vía Recurso Administrativo ante la propia autoridad que emitió el acto, o bien, mediante Juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

     Éxito.