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AutorRespuesta No: 728
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 09:52 2012-03-02 09:52 desde IP: 201.144.5.38
Buen día.
Dicha determinación puedes combatirla vía Recurso Administrativo ante la propia autoridad que emitió el acto, o bien, mediante Juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Éxito.
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