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  • Consulta : 542
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 704

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por lo general no respondo consultas de otras materia en la Sala Admisnistrativa, pero como por ahora está medio floja, le contesto: Su consulta pertenece a la Sala Laboral, si firmó una renuncia, puede demandar el despido injustificado sí y sólo sí, en las prestaciones reclamadas incluye la nulidad de la renuncia, y si ésta no la escribió de puño y letra mejor. Sólo considere que tiene sesenta días hábiles para demandar a partir de la fecha de la renunucia.