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AutorRespuesta No: 704
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Febrero de 2012 01:29 2012-02-09 01:29 desde IP: 201.141.7.173
Por lo general no respondo consultas de otras materia en la Sala Admisnistrativa, pero como por ahora está medio floja, le contesto: Su consulta pertenece a la Sala Laboral, si firmó una renuncia, puede demandar el despido injustificado sí y sólo sí, en las prestaciones reclamadas incluye la nulidad de la renuncia, y si ésta no la escribió de puño y letra mejor. Sólo considere que tiene sesenta días hábiles para demandar a partir de la fecha de la renunucia.
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