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  • Consulta : 536
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 702

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Antes que nada deben fraccionar el terreno, pero necesita la asesoría de un abogado, no tinterillo, no usurpador, no coyote, eso porque por ejemplo en el Estado de México, es delito fraccionar terrenos. Una vez que se logra fraccionar el terreno, si lo logra, entonces acuden al notario para que los padres (ambos) donen esa fracción de terreno a su hijo, una vez hecho ésto, acuden al Municipio a solicitar la lidencia de construcción de la casa. Si lo hacen de palabra como es la tradición, su marido no será dueño de nada, lo que construya en el terreno de sus padres será de ellos. Además si obtiene la donación como se lo menciono sólo su marido será dueño del terreno y lo que construya en él ya que los bienes producto de la donación no forman parte de la sociedad conyugal.